MiCódigo.peBuscar otra norma

Nuevo Código Procesal Constitucional

Artículo 103: Improcedencia liminar de la demanda

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El Tribunal declarará improcedente la demanda con el voto conforme de cuatro magistrados cuando concurre alguno de los siguientes supuestos: 1) Cuando el Tribunal hubiere desestimado una demanda de inconstitucionalidad sustancialmente igual en cuanto al fondo; o 2) Cuando el Tribunal carezca de competencia para conocer la norma impugnada. En estos casos, el Tribunal en resolución debidamente motivada e inimpugnable declara la improcedencia de la demanda.

Resumen breve

El Tribunal declara improcedente la demanda con el voto favorable de cuatro magistrados cuando ya rechazó otra sustancialmente igual o no tiene competencia sobre la norma impugnada. Debe explicar su decisión en una resolución que no puede ser impugnada.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta una demanda igual a otra ya rechazada y el Tribunal la declara improcedente con cuatro votos favorables.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.