Código Procesal Civil
Artículo 9: Competencia por materia
Ver todos los artículosLa competencia por razón de la materia se determina por la naturaleza de la pretensión y por las disposiciones legales que la regulan.
La autoridad determina qué órgano debe tramitar un caso según el tipo de pedido que contiene la demanda y las leyes aplicables. Por eso, la materia de la pretensión (lo que se solicita) fija la competencia correspondiente.
Rosa reclama el pago de una deuda y la autoridad revisa la naturaleza de su pedido y las leyes aplicables para determinar qué órgano atenderá su caso.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe