Código Procesal Civil
Artículo 841: Trámite
Ver todos los artículosLas solicitudes de apoyos y salvaguardias se tramitan ante el juez competente o notario.
Las solicitudes de apoyos y salvaguardias pueden tramitarse ante el juez que tenga competencia para atender el caso o ante un notario. La autoridad elegida se encarga de tramitar la solicitud.
Rosa solicita apoyos para su padre Luis ante un notario, en lugar de acudir al juez competente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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