Código Procesal Civil
Artículo 840: Entrega del expediente
Ver todos los artículosTerminado el proceso, se entrega copia certificada del expediente al interesado, manteniéndose el original en el archivo de la Sala. “Subcapítulo 12 Establecimiento de apoyos y salvaguardias” (*) Subcapítulo incorporado por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 4 de setiembre de 2018.
Al terminar el proceso, el interesado recibe una copia certificada del expediente. La Sala conserva el expediente original en su archivo.
Después de terminar su juicio, Rosa recibe una copia certificada del expediente y la Sala conserva el original en su archivo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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