Código Procesal Civil
Artículo 84: Conexidad
Ver todos los artículosHay conexidad cuando se presentan elementos comunes entre distintas pretensiones o, por lo menos, elementos afines en ellas.
Existe conexidad cuando distintas pretensiones comparten uno o más elementos. También se presenta cuando, aunque no sean iguales, tienen elementos afines (parecidos entre sí).
Rosa reclama el pago de una deuda y Carlos exige la devolución del mismo dinero; ambas pretensiones comparten elementos relacionados.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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