MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Procesal Civil

Artículo 831: Admisibilidad

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

Además de lo dispuesto en el artículo 751, a la solicitud se acompañará: 1. Copia certificada de la partida de defunción del causante o la declaración judicial de muerte presunta; 2. Copia certificada de la partida de nacimiento del presunto heredero, o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extra-matrimonial; 3. Relación de los bienes conocidos; 4. Certificación registral de que no hay inscrito testamento en el lugar del último domicilio del causante y en donde tuvo bienes inscritos; y 5. Certificación registral de los mismos lugares citados en el inciso anterior de que no hay anotación de otro proceso de sucesión intestada. “De ser el caso, se acompaña a la solicitud la constancia de inscripción de la unión de hecho en el Registro Personal.” (*) Párrafo incorporado por el artículo 9 de la Ley N° 30007, publicada el 17 de abril de 2013.

Resumen breve

Para iniciar una sucesión intestada, el solicitante debe adjuntar los documentos exigidos por el artículo 751, la defunción del causante, la prueba del vínculo hereditario, una relación de bienes y certificaciones registrales que confirmen que no existe testamento ni otro proceso similar. También debe presentar, cuando corresponda, la constancia de inscripción de la unión de hecho.

Ejemplo cotidiano

Rosa solicita la sucesión intestada de José y presenta su partida de defunción, prueba de parentesco, lista de bienes y certificados registrales requeridos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.