Código Procesal Civil
Artículo 748: Concurrencia de acreedores
Ver todos los artículosSi concurren varios acreedores sin que ninguno tenga derecho preferente y los bienes del deudor no alcanzan a cubrir todas las obligaciones, el pago se hará a prorrata. Igualmente se realizará el pago a prorrata, una vez pagado el acreedor con derecho preferente.
Cuando varios acreedores no tienen preferencia y los bienes del deudor no bastan para pagarles, cada uno recibe una parte proporcional de lo que se obtenga. La misma distribución proporcional se aplica después de pagar por completo al acreedor que sí tenía preferencia.
Como los bienes de Luis solo alcanzan para la mitad de sus deudas, Ana y José reciben partes proporcionales, después de pagar primero a Rosa, acreedora preferente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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