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Código Procesal Civil

Artículo 690-C: Mandato Ejecutivo

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Texto literal del artículo

El mandato ejecutivo, dispondrá el cumplimiento de la obligación contenida en el título; bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada, con las particularidades señaladas en las disposiciones especiales. En caso de exigencias no patrimoniales, el Juez debe adecuar el apercibimiento. (*) Artículo incorporado por el artículo único del Decreto Legislativo N° 1069, publicado el 28 de junio de 2008.

Resumen breve

El juez ordena cumplir la obligación señalada en el título y advierte que, si no se cumple, se iniciará la ejecución forzada (cumplimiento obligatorio), según las reglas especiales aplicables. Cuando la obligación no es de dinero, el juez debe adaptar esa advertencia a la naturaleza del cumplimiento exigido.

Ejemplo cotidiano

El juez ordena a Carlos pagar la deuda de Rosa y le advierte que, si no cumple, comenzará la ejecución forzada.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.