Código Procesal Civil
Artículo 63: Necesidad de la representación procesal
Ver todos los artículosLas personas naturales que no tienen el libre ejercicio de sus derechos, comparecen al proceso representados según dispongan las leyes pertinentes.
Las personas naturales que no pueden ejercer libremente sus derechos deben participar en el proceso mediante un representante. La representación se determina conforme a las leyes pertinentes.
Rosa, que no puede ejercer libremente sus derechos, participa en el proceso representada según las leyes aplicables.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe