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Código Procesal Civil

Artículo 615: Caso especial de procedencia

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Texto literal del artículo

Es procedente el pedido de medida cautelar de quien ha obtenido sentencia favorable, aunque fuera impugnada. El pedido cautelar se solicita y ejecuta en cuerda separada ante el Juez de la demanda, con copia certificada de los actuados pertinentes, sin que sea preciso cumplir los requisitos exigidos en los incisos 1. y 4. del artículo 610.

Resumen breve

Quien obtiene una sentencia favorable puede pedir una medida cautelar (protección temporal del derecho), aunque la otra parte la haya impugnado. Debe solicitarla y ejecutarla por separado ante el juez del proceso, presentando copias certificadas de las actuaciones necesarias, sin cumplir los requisitos 1 y 4 del artículo 610.

Ejemplo cotidiano

Rosa gana un juicio contra Luis y, aunque él apela, solicita al mismo juez una medida cautelar en un expediente separado con copias certificadas.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.