Código Procesal Civil
Artículo 615: Caso especial de procedencia
Ver todos los artículosEs procedente el pedido de medida cautelar de quien ha obtenido sentencia favorable, aunque fuera impugnada. El pedido cautelar se solicita y ejecuta en cuerda separada ante el Juez de la demanda, con copia certificada de los actuados pertinentes, sin que sea preciso cumplir los requisitos exigidos en los incisos 1. y 4. del artículo 610.
Quien obtiene una sentencia favorable puede pedir una medida cautelar (protección temporal del derecho), aunque la otra parte la haya impugnado. Debe solicitarla y ejecutarla por separado ante el juez del proceso, presentando copias certificadas de las actuaciones necesarias, sin cumplir los requisitos 1 y 4 del artículo 610.
Rosa gana un juicio contra Luis y, aunque él apela, solicita al mismo juez una medida cautelar en un expediente separado con copias certificadas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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