Código Procesal Civil
Artículo 602: Acumulación de pretensiones
Ver todos los artículosSe pueden demandar acumulativamente a la demanda interdictal, las pretensiones de pago de frutos y la indemnizatoria por los daños y perjuicios causados.
La persona que presenta una demanda interdictal puede incluir en ella, conjuntamente, el pedido de pago de frutos y una indemnización por los daños y perjuicios causados. Estas pretensiones pueden tramitarse acumuladas dentro de la misma demanda.
Rosa presenta una demanda interdictal contra Luis y, en el mismo escrito, solicita el pago de frutos y una indemnización por los daños causados.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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