Código Procesal Civil
Artículo 582: Anexos específicos
Ver todos los artículosAdicionalmente a lo previsto en el artículo 548, a la demanda se acompañará: 1. Si se trata de pródigos y de los que incurren en mala gestión: el ofrecimiento de no menos de tres testigos y los documentos que acrediten los hechos que se invocan; y 2. En los demás casos: la certificación médica sobre el estado del presunto interdicto, la que se entiende expedida bajo juramento o promesa de veracidad, debiendo ser ratificada en la audiencia respectiva.
Además de los requisitos generales, la demanda debe incluir, cuando se acusa prodigalidad o mala gestión, al menos tres testigos y documentos que prueben los hechos. En los demás casos, debe acompañarse un certificado médico sobre el estado de la persona presuntamente interdicta, emitido bajo juramento o promesa de veracidad y ratificado en la audiencia.
Rosa solicita la interdicción de Carlos por una enfermedad y presenta un certificado médico, que luego ratifica en la audiencia.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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