Código Procesal Civil
Artículo 573: Aplicación supletoria
Ver todos los artículosLa pretensión de separación de cuerpos y extinción del régimen patrimonial de sociedad de gananciales por acuerdo de los cónyuges y la de divorcio, de conformidad con el inciso 13 del artículo 333 del Código Civil, respectivamente, se sujetan al trámite del proceso sumarísimo con las particularidades reguladas en este Subcapítulo. (*) Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley N° 27495, publicada el 7 de julio de 2001.
La separación de cuerpos y la extinción del régimen de bienes compartidos, cuando los cónyuges están de acuerdo, deben tramitarse mediante un proceso sumarísimo (procedimiento breve). También se tramita así el divorcio previsto en el inciso 13 del artículo 333 del Código Civil, siguiendo las reglas especiales de este subcapítulo.
Ana y Luis solicitan conjuntamente la separación de cuerpos y la extinción de su sociedad de gananciales, por lo que el juez tramita su pedido como proceso sumarísimo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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