Código Procesal Civil
Artículo 572: Garantía
Ver todos los artículosMientras esté vigente la sentencia que dispone el pago de alimentos, es exigible al obligado la constitución de garantía suficiente, a criterio del Juez. Subcapítulo 2 Separación convencional y divorcio ulterior
Mientras esté vigente la sentencia que ordena pagar alimentos, el obligado debe constituir una garantía suficiente para asegurar el cumplimiento. El juez determina qué garantía considera suficiente.
Mientras la sentencia de alimentos siga vigente, el juez puede exigir a José una garantía suficiente para asegurar los pagos de sus hijos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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