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Código Procesal Civil

Artículo 56: Deberes y responsabilidades de los auxiliares jurisdiccionales

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Texto literal del artículo

Los deberes y responsabilidades de los auxiliares de la jurisdicción civil se rigen por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las normas respectivas. Los órganos de auxilio judicial se rigen por las leyes y demás disposiciones pertinentes.

Resumen breve

Quienes apoyan a la jurisdicción civil deben cumplir los deberes y asumir las responsabilidades previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las normas aplicables. Los órganos de auxilio judicial también deben regirse por esas leyes y demás disposiciones pertinentes.

Ejemplo cotidiano

En el expediente de Ana Torres, el notificador judicial Carlos Díaz diligencia la cédula conforme a sus deberes previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.