Código Procesal Civil
Artículo 518: Demanda maliciosa
Ver todos los artículosSi al declarar infundada la demanda, el Juez considera que el demandante ha actuado con malicia, o si durante el proceso ha difundido información a través de medios de comunicación masiva que afecte el honor del demandado, le impondrá una multa no menor de diez ni mayor de cincuenta Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4. Subcapítulo 4 Expropiación
Cuando el juez declara infundada una demanda y considera que el demandante actuó con malicia, puede imponerle una multa de 10 a 50 Unidades de Referencia Procesal. También debe imponerla si durante el proceso difundió por medios masivos información que afecte el honor del demandado, sin perjuicio del artículo 4.
El juez rechazó la demanda de Rosa por infundada y le impuso una multa de 20 Unidades de Referencia Procesal por actuar maliciosamente contra José.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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