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Código Procesal Civil

Artículo 456: Efectos del amparo de una defensa previa

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Texto literal del artículo

Declarada fundada una defensa previa tiene como efecto suspender el proceso hasta que se cumpla el tiempo o el acto previsto como antecedente para el ejercicio del derecho de acción.

Resumen breve

Cuando se declara fundada una defensa previa (objeción procesal previa), el proceso se suspende. La suspensión termina cuando transcurre el tiempo previsto o se realiza el acto que debía cumplirse antes de ejercer el derecho de acción.

Ejemplo cotidiano

En el juicio de Rosa contra Luis, una defensa previa fundada detiene el proceso hasta que venza el plazo o se cumpla el acto pendiente.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.