Código Procesal Civil
Artículo 455: Propuesta y trámite de las defensas previas
Ver todos los artículosLas defensas previas como el beneficio de inventario, el beneficio de excusión y otras que regulen las normas materiales, se proponen y tramitan como excepciones.
Las defensas previas previstas por las normas materiales, como el beneficio de inventario o de excusión, deben plantearse y tramitarse como excepciones (cuestionamientos dentro del proceso). Por tanto, siguen el mismo trámite establecido para esas excepciones.
Rosa plantea el beneficio de excusión contra la demanda de Pedro y lo tramita siguiendo el procedimiento de una excepción.
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