Código Procesal Civil
Artículo 25: Prórroga convencional de la competencia territorial
Ver todos los artículosLas partes pueden convenir por escrito someterse a la competencia territorial de un Juez distinto al que corresponde, salvo que la ley la declare improrrogable.
Las partes pueden acordar por escrito que un juez distinto al que normalmente corresponde atienda su caso según el lugar. Esto no es posible cuando la ley establece que esa competencia territorial no puede cambiarse.
Rosa y Luis pactan por escrito que un juez de Lima resolverá su disputa, aunque normalmente correspondería uno de otra ciudad.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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