Código Procesal Civil
Artículo 24: Competencia facultativa
Ver todos los artículosAdemás del Juez del domicilio del demandado, también es competente, a elección del demandante: “1. El Juez del lugar en que se encuentre el bien o bienes tratándose de pretensiones sobre derechos reales. Igual regla rige en los procesos de retracto, título supletorio, prescripción adquisitiva y rectificación o delimitación de áreas o linderos, expropiación, desalojo, curatela y designación de apoyos. Si la demanda versa sobre varios inmuebles situados en diversos lugares será competente el Juez de cualquiera de ellos;” (*) Numeral modificado por el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 4 de setiembre de 2018. 2. El Juez del último domicilio conyugal, tratándose de nulidad del matrimonio, régimen patrimonial del matrimonio, separación de cuerpos, divorcio y patria potestad; 3. El Juez del domicilio del demandante en las pretensiones alimenticias; 4. El Juez del lugar señalado para el cumplimiento de la obligación; 5. El Juez del lugar en donde ocurrió el daño, tratándose de pretensiones indemnizatorias por responsabilidad extracontractual; 6. El Juez del lugar en que se realizó o debió realizarse el hecho generador de la obligación, tratándose de prestaciones derivadas de la gestión de negocios, enriquecimiento indebido, promesa unilateral o pago indebido; y 7. El Juez del lugar donde se desempeña la administración de bienes comunes o ajenos al tiempo de interponerse las demandas de rendición, de aprobación o de desaprobación de cuentas o informes de gestión.
Además del juez del domicilio del demandado, el demandante puede escoger el del bien en litigio, último domicilio conyugal, su domicilio en alimentos, lugar de cumplimiento o del daño. También puede elegir el lugar del hecho que originó ciertas obligaciones o donde se administran bienes para pedir cuentas; si hay varios inmuebles, cualquiera de ellos.
Jorge vive en Lima, pero demanda por un daño ocurrido en Cusco y elige al juez de Cusco, además del juez del domicilio del demandado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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