MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Procesal Civil

Artículo 202: Dirección

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La audiencia de pruebas será dirigida personalmente por el Juez, bajo sanción de go nulidad. Antes de iniciarla, toma a cada uno de los convocados juramento o promesa de decir la verdad. La fórmula del juramento o promesa es: “¿Jura (o promete) decir la verdad?”.

Resumen breve

El juez debe dirigir personalmente la audiencia de pruebas; de no hacerlo, se sanciona con nulidad. Antes de comenzar, debe tomar a cada convocado juramento o promesa de decir la verdad y preguntar: «¿Jura o promete decir la verdad?»

Ejemplo cotidiano

En la audiencia de pruebas de Ana y Luis, la jueza Rosa la dirige personalmente y pregunta a cada convocado: «¿Jura o promete decir la verdad?».

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.