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Código Procesal Civil

Artículo 195: Intérprete

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Texto literal del artículo

El Juez designará intérprete para actuar los medios probatorios cuando la parte o el testigo no entiendan o no se expresen en castellano. La retribución del intérprete será de cargo de quien lo ofreció, sin perjuicio de lo que se resuelva oportunamente en cuanto a costas.

Resumen breve

El juez debe designar un intérprete cuando una de las partes o un testigo no entiende el castellano o no puede expresarse en ese idioma durante la actuación de pruebas. La persona que ofreció a ese participante debe pagar la retribución del intérprete, sin perjuicio de la decisión posterior sobre las costas.

Ejemplo cotidiano

En un juicio, Rosa ofrece como testigo a Juan, que solo habla quechua, y el juez designa un intérprete cuyo pago asume Rosa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.