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Código Procesal Civil

Artículo 18: Persona jurídica irregular

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Texto literal del artículo

Tratándose de demandas contra asociaciones, fundaciones, comités y sociedades no inscritas o de cualquier otra entidad cuya constitución, inscripción o funcionamiento sea irregular, es competente el Juez del lugar en donde realizan la actividad que motiva la demanda o solicitud. Se aplica la misma regla en caso de demandarse directamente a su representante, administrador, director u otro sujeto por actos realizados en nombre de la persona jurídica.

Resumen breve

Las demandas contra entidades no inscritas o constituidas o administradas irregularmente deben presentarse ante el juez del lugar donde realizan la actividad relacionada con el caso. La misma regla se aplica cuando se demanda directamente a su representante, administrador, director u otra persona por actos realizados en nombre de la entidad.

Ejemplo cotidiano

Rosa demanda a una asociación no inscrita por incumplir un contrato y presenta el caso ante el juez del lugar donde la asociación presta sus servicios.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.