Código Procesal Civil
Artículo 16: Acumulación subjetiva de pretensiones
Ver todos los artículosCuando por razón de conexión se demanden varias pretensiones contra varios demandados, será competente el Juez del domicilio de cualquiera de ellos.
Cuando una persona presenta varias pretensiones relacionadas contra varios demandados, puede acudir al juez del domicilio de cualquiera de ellos. Ese juez será competente para conocer todas esas pretensiones.
Rosa demanda conjuntamente a Juan y Carlos por asuntos relacionados ante el juez del domicilio de Juan.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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