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Código Penal

Artículo III: Prohibición de la Analogía

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Texto literal del artículo

No es permitida la analogía para calificar el hecho como delito o falta, definir un estado de peligrosidad o determinar la pena o medida de seguridad que les corresponde.

Resumen breve

Las autoridades no pueden usar la analogía (comparar un caso con otro parecido) para considerar que un hecho es delito o falta. Tampoco pueden emplearla para declarar un estado de peligrosidad ni para fijar la pena o medida de seguridad correspondiente.

Ejemplo cotidiano

Cuando Carlos realiza una conducta no prevista como delito, el juez no puede castigarla solo porque se parece a otra conducta sancionada.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.