Código Penal
Artículo 48: Concurso ideal de delitos
Ver todos los artículosCuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho se reprimirá hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse ésta hasta en una cuarta parte, sin que en ningún caso pueda exceder de treinta y cinco años. (*) Artículo modificado por el artículo 3 de la Ley N° 28726, publicada el 9 de mayo de 2006.
Cuando un mismo hecho encaja en varias normas, se aplica como base el máximo de la pena prevista para la infracción más grave. Esa pena puede aumentarse hasta en una cuarta parte, pero el resultado nunca puede superar los treinta y cinco años.
Si el hecho único de Carlos tiene como pena más grave un máximo de veinte años, podría recibir hasta veinticinco, sin superar nunca los treinta y cinco años.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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