Código Penal
Artículo 422: Negativa a administrar justicia
Ver todos los artículosEl Juez que se niega a administrar justicia o que elude juzgar bajo pretexto de defecto o deficiencia de la ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
El juez debe administrar justicia y no puede negarse a resolver un caso alegando que la ley tiene defectos o es insuficiente. Si lo hace, recibe una pena privativa de libertad de uno a cuatro años.
El juez Carlos se niega a resolver el caso de Rosa porque considera incompleta la ley y podría recibir de uno a cuatro años de prisión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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