Código Penal
Artículo 416: Fraude procesal
Ver todos los artículosEl que, por cualquier medio fraudulento, induce a error a un funcionario o servidor público para obtener resolución contraria a la ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años. Ejercicio arbitrario de derecho.
Quien usa cualquier medio fraudulento para hacer que un funcionario o servidor público se equivoque y emita una resolución contraria a la ley comete este delito. La pena es de dos a cuatro años de prisión.
Carlos presenta documentos falsos para que la funcionaria Rosa apruebe ilegalmente su solicitud y reciba una resolución favorable.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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