Código Penal
Artículo 376: Abuso de autoridad
Ver todos los artículosEl funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena un acto arbitrario que cause perjuicio a alguien será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años. Si los hechos derivan de un procedimiento de cobranza coactiva, la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años.” (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 29703, publicada el 10 de junio de 2011. “
Un funcionario público no puede usar sus atribuciones para cometer u ordenar un acto arbitrario que cause perjuicio a otra persona. La pena es de hasta tres años de prisión; si el hecho ocurre durante una cobranza coactiva (cobro forzoso estatal), es de dos a cuatro años.
Un funcionario ordena embargar arbitrariamente a Rosa durante un cobro forzoso estatal y le causa perjuicio; podría recibir entre dos y cuatro años de prisión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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