Código Penal
Artículo 293: Venta de animales de consumo peligroso
Ver todos los artículosEl que, en lugares públicos, vende, preparados o no, animales alimentados con desechos sólidos, contraviniendo leyes, reglamentos o disposiciones establecidas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa.
La ley sanciona a quien venda en lugares públicos animales, preparados o no, alimentados con desechos sólidos, cuando contravenga leyes, reglamentos o disposiciones aplicables. La pena es de uno a cuatro años de prisión y de 180 a 365 días-multa.
En un mercado público, Luis vende pollos alimentados con desechos sólidos, incumpliendo las disposiciones aplicables, y puede recibir esa pena.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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