Código Penal
Artículo 259: Uso ilegal de divisas
Ver todos los artículosEl que destina las divisas asignadas por el Banco Central de Reserva, a fin distinto del señalado y autorizado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez años, con ciento veinte a trescientos sesenticinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4. Los directores, gerentes y funcionarios del Banco Central de Reserva o funcionarios públicos que faciliten la comisión del delito, serán reprimidos con la misma pena.
Está prohibido usar las divisas asignadas por el Banco Central de Reserva para un fin distinto del autorizado. La sanción es de 2 a 10 años de prisión, 120 a 365 días-multa e inhabilitación según el artículo 36, incisos 1, 2 y 4; los funcionarios que faciliten el delito reciben la misma pena.
Jorge destina a otro negocio las divisas que el Banco Central de Reserva le asignó para importar maquinaria y puede recibir esas sanciones.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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