Código Penal
Artículo 253: Alteración de la moneda de curso legal
Ver todos los artículosEl que altera los billetes o monedas con el propósito de atribuirles un valor superior, o realiza tal alteración con billetes o monedas que se hallan fuera de circulación o corresponden a otros países, para darles la apariencia de los que tienen poder cancelatorio, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez años y con ciento veinte a trescientos días-multa. El que altera la moneda, aminorando su valor intrínseco, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años y con treinta a noventa días-multa. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 26714, publicada el 27 de diciembre de 1996.
Alterar billetes o monedas para hacerlos parecer de mayor valor, aunque estén fuera de circulación o sean extranjeros, se castiga con 4 a 10 años de prisión y 120 a 300 días-multa. Alterar la moneda reduciendo su valor intrínseco se sanciona con 6 meses a 2 años de prisión y 30 a 90 días-multa.
Jorge modifica una moneda extranjera para hacerla pasar por peruana y de curso legal, por lo que puede recibir hasta diez años de prisión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe