MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Penal

Artículo 218: Formas agravadas

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La pena será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con noventa a ciento ochenta días multa cuando: “a. Se dé a conocer al público una obra de autoría humana, inédita o no divulgada, que haya recibido en confianza del titular del derecho de autor o de alguien en su nombre, sin el consentimiento del titular.” (*) Literal modificado por el artículo 1 de la Ley N° 32314, publicada el 29 de abril de 2025. “b. La reproducción, distribución o comunicación pública se realiza con fines comerciales u otro tipo de ventaja económica, o alterando o suprimiendo el nombre o seudónimo del autor, productor o titular de los derechos.” (*) Inciso modificado por el artículo 1 de la Ley N° 29263, publicada el 2 de octubre de 2008. c. Conociendo el origen ilícito de la copia o reproducción, la distribuya al público, por cualquier medio, la almacene, oculte, introduzca en el país o la saque de éste. “d. Se fabrique, ensamble, importe, exporte, modifique, venda, alquile, ofrezca para la venta o alquiler, o ponga de cualquier otra manera en circulación dispositivos, sistemas tangibles o intangibles, esquemas o equipos capaces de soslayar otro dispositivo destinado a impedir o restringir la realización de copias de obras de autoría humana, o a menoscabar la calidad de las copias realizadas, o capaces de permitir o fomentar la recepción de un programa codificado, radiodifundido o comunicado en otra forma al público, por aquellos que no están autorizados para ello.” (*) Literal modificado por el artículo 1 de la Ley N° 32314, publicada el 29 de abril de 2025. e. Se inscriba en el Registro del Derecho de Autor la obra, interpretación, producción o emisión ajenas, o cualquier otro tipo de bienes intelectuales, como si fueran propios, o como de persona distinta del verdadero titular de los derechos.” (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley N° 28289, publicada el 20 de julio de 2004. “

Resumen breve

Se sancionan con cuatro a ocho años de prisión y 90 a 180 días-multa las formas agravadas de infracción de derechos de autor. Incluyen divulgar obras inéditas recibidas en confianza, actuar con fines comerciales, distribuir copias ilícitas, evadir protecciones o registrar obras ajenas como propias.

Ejemplo cotidiano

Carlos divulga sin permiso la novela inédita que María le entregó en confianza y podría recibir de cuatro a ocho años de prisión y una multa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.