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Código Penal

Artículo 205: Daño simple

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Texto literal del artículo

El que daña, destruye o inutiliza un bien, mueble o inmueble, total o parcialmente ajeno, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años y con treinta a sesenta díasmulta. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 30076, publicada el 19 de agosto de 2013.

Resumen breve

Quien dañe, destruya o inutilice total o parcialmente un bien mueble o inmueble que pertenece a otra persona comete este delito. La consecuencia es una pena de hasta tres años de prisión y de 30 a 60 días-multa (multa calculada legalmente).

Ejemplo cotidiano

Carlos destruye parcialmente la motocicleta de José y puede recibir hasta tres años de prisión y de 30 a 60 días-multa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.