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Código Penal

Artículo 146: Móvil de honor

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Texto literal del artículo

Si el agente de alguno de los delitos previstos en este Capítulo comete el hecho por un móvil de honor la pena será de prestación de servicio comunitario de veinte a treinta jornadas.

Resumen breve

Cuando el autor de uno de los delitos previstos en este capítulo actúa por un motivo de honor, la pena será realizar entre veinte y treinta jornadas de servicio comunitario. El artículo fija esa consecuencia por la motivación con la que se cometió el hecho.

Ejemplo cotidiano

Carlos comete uno de los delitos del capítulo motivado por honor y recibe una pena de entre veinte y treinta jornadas de servicio comunitario.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.