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Código Penal

Artículo 131: Calumnia

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Texto literal del artículo

El que atribuye falsamente a otro un delito, será reprimido con noventa a ciento veinte días-multa.

Resumen breve

La norma prohíbe atribuir falsamente a otra persona la comisión de un delito. Quien lo haga recibe una sanción de noventa a ciento veinte días-multa (sanción económica).

Ejemplo cotidiano

Carlos acusa falsamente a Rosa de robar y puede recibir entre noventa y ciento veinte días-multa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.