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Código Penal

Artículo 119: Aborto terapéutico

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Texto literal del artículo

No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.

Resumen breve

No se castiga el aborto realizado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, cuando sea el único medio para salvar su vida o evitarle un daño grave y permanente en la salud.

Ejemplo cotidiano

El médico Luis practica el aborto con consentimiento de Ana porque es la única forma de salvarle la vida.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.