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Código Penal

Artículo 117: Agravación de la pena por la calidad del sujeto

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Texto literal del artículo

El médico, obstetra, farmacéutico, o cualquier profesional sanitario, que abusa de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los artículos 115 y 116 e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 4 y 8.

Resumen breve

Un médico, obstetra, farmacéutico u otro profesional sanitario que abuse de sus conocimientos para causar un aborto recibirá la pena prevista en los artículos 115 y 116. Además, se le impondrá inhabilitación (prohibición para ejercer) conforme al artículo 36, incisos 4 y 8.

Ejemplo cotidiano

El médico Luis provoca un aborto abusando de sus conocimientos y recibe la pena aplicable de los artículos 115 y 116, además de inhabilitación.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.