Código de los Niños y Adolescentes
Artículo VIII: Obligatoriedad de la ejecución
Ver todos los artículosEs deber del Estado, la familia, las instituciones públicas y privadas y las organizaciones de base, promover la correcta aplicación de los principios, derechos y normas establecidos en el presente Código y en la Convención sobre los Derechos del Niño.
El Estado, las familias, las instituciones públicas y privadas y las organizaciones de base deben promover la correcta aplicación de los principios, derechos y normas del Código y de la Convención sobre los Derechos del Niño. Todos estos actores comparten esa responsabilidad.
La familia de Rosa, su colegio y una organización vecinal promueven que se respeten sus derechos conforme al Código y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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