Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 166: Modificación y ampliación de la demanda
Ver todos los artículosEl demandante puede modificar y ampliar su demanda antes de que ésta sea notificada.
El demandante puede cambiar o ampliar lo que pidió en su demanda mientras esta aún no haya sido notificada. Una vez realizada la notificación, el artículo ya no permite esas modificaciones o ampliaciones.
Antes de que notifiquen su demanda, Rosa agrega otro pedido al proceso que inició contra Luis.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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