Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 154: Capacitación
Ver todos los artículosLa Policía Nacional coordina con PROMUDEH y con las instituciones de bienestar familiar debidamente autorizadas por éste, la capacitación del personal que desempeñará las funciones propias de la Policía especializada.
La Policía Nacional debe coordinar con PROMUDEH y con las instituciones de bienestar familiar que este autorice la capacitación del personal destinado a cumplir funciones de policía especializada.
Antes de asignar a la suboficial Rosa Quispe a la Policía especializada, la Policía Nacional coordina su capacitación con PROMUDEH y una institución de bienestar familiar autorizada.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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