Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 153: Requisitos
Ver todos los artículosEl personal de la Policía especializada, además de los requisitos establecidos en sus respectivas normas, deberá: a) Tener formación en las disciplinas propias del derecho del niño y el adolescente y en derecho de familia; b) Tener una conducta intachable; y c) No tener antecedentes judiciales ni disciplinarios.
El personal de la Policía especializada debe cumplir, además de los requisitos de sus normas, tres condiciones: formación en derecho del niño y el adolescente y derecho de familia, conducta intachable y ausencia de antecedentes judiciales o disciplinarios.
Rosa quiere integrar la Policía especializada, por lo que debe acreditar formación en derecho familiar, conducta intachable y no tener antecedentes judiciales ni disciplinarios.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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