Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 102: Participación del adolescente en el Consejo de Familia
Ver todos los artículosEl adolescente participará en las reuniones del Consejo de Familia con derecho a voz y voto. El niño será escuchado con las restricciones propias de su edad.
El adolescente puede participar en las reuniones del Consejo de Familia y tiene derecho a opinar y votar. El niño también debe ser escuchado, pero con las limitaciones propias de su edad.
En una reunión, Diego, de 15 años, vota sobre un asunto familiar, mientras escuchan la opinión de su hermana Ana, de 7 años.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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