MiCódigo.peBuscar otra norma

Código de Ejecución Penal

Artículo VI: Asistencia Post-Penitenciaria

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La sociedad, las instituciones y las personas participan en forma activa en el tratamiento del interno y en acciones de asistencia post- penitenciaria. (Texto según el artículo VI del Decreto Legislativo N° 654)

Resumen breve

La sociedad, las instituciones y las personas deben participar activamente en el tratamiento de quienes están internos. También deben intervenir en acciones de asistencia para apoyar a quienes salen de prisión.

Ejemplo cotidiano

La asociación de Rosa y los vecinos apoyan a Carlos durante su internamiento y después de su salida de prisión.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.