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Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 65: Régimen de la Etapa C

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Texto literal del artículo

65.1 La Etapa C se basa en la confianza a la persona privada de libertad, y en el otorgamiento de espacios para fortalecer el vínculo familiar. Está sujeta al siguiente régimen: a) Patio: Cuatro (4) horas de patio al día que se programan entre las 09:00 horas hasta las 18:00 horas. Atendiendo al número de personas privadas de libertad, así como al espacio disponible del pabellón, el Consejo Técnico Penitenciario puede autorizar las salidas al patio por grupos. b) Visita de familiares: Una visita cada quince (15) días de máximo dos (2) familiares por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado, incluido el cónyuge o concubino. La visita es directa y tiene una duración máxima de tres (3) horas. c) Visita de familiares menores de edad: La visita de familiares menores de edad se realiza por un máximo de dos (2) horas cada sesenta (60) días, de acuerdo al rol que establezca el Consejo Técnico Penitenciario del establecimiento penitenciario. La visita familiar de menores de edad está condicionada al acompañamiento de otro familiar adulto que se encuentre dentro de los grados de parentesco señalados en el párrafo precedente, o tutores acreditados por el Poder Judicial. d) Trabajo y educación: Las personas privadas de libertad tienen la obligación de trabajar o estudiar cuatro (4) horas diarias como mínimo. e) Visita íntima: El Consejo Técnico Penitenciario del establecimiento penitenciario puede conceder el beneficio de la visita íntima a la persona privada de libertad que cumpla con los requisitos establecidos en la normatividad vigente. El beneficio se concede en los ambientes implementados para tal fin, y tiene una periodicidad de treinta (30) días. f) Apertura y cierre de celdas: Las celdas se abren a las 08:30 horas y se cierran, indefectiblemente, a las 21:00 horas. g) Estímulos: El buen comportamiento permanente de la persona privada de libertad le permite acceder a visita especial directa de tres (3) familiares, por una hora, el día de su onomástico, navidad, día de la madre o el padre, según corresponda. (*) Artículo modificado por la primera disposición complementaria modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1737, publicado el 12 de febrero de 2026.

Resumen breve

En la Etapa C, se exigen cuatro horas diarias de trabajo o estudio y cuatro de patio; las celdas abren 08:30 y cierran 21:00. Se permiten hasta dos familiares cada 15 días por tres horas y menores cada 60 días por dos horas, con adulto; el Consejo Técnico organiza y puede autorizar visita íntima mensual.

Ejemplo cotidiano

Carlos trabaja cuatro horas, sale al patio cuatro horas y recibe a su esposa y hermano cada 15 días durante tres horas.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.