Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 52: Texto legal
Ver todos los artículosEl interno puede formular peticiones, quejas o denuncias, las mismas que figurarán por escrito o por acta, sobre aspectos que afecten sus derechos, necesidades o condiciones de detención ante la dirección del establecimiento penitenciario o si fuera el caso, ante el Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, organizaciones defensoras de los derechos humanos, así como ante otras autoridades o instituciones que juzgue conveniente.
El interno puede presentar peticiones, quejas o denuncias sobre sus derechos, necesidades o condiciones de detención. Puede hacerlo por escrito o mediante un acta ante la dirección del penal o, cuando corresponda, ante el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, organizaciones de derechos humanos u otras autoridades o instituciones.
José presenta por escrito una queja ante la dirección del penal porque sus condiciones de detención afectan sus derechos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe