Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 190: Texto legal
Ver todos los artículosEl Ministerio Público efectuará visitas periódicas al Área de Tratamiento en el Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario de su jurisdicción a efectos de constatar el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas a los beneficiados con la semilibertad y la liberación condicional.
El Ministerio Público debe visitar periódicamente el Área de Tratamiento en el Medio Libre del INPE de su jurisdicción. Allí verifica que las personas beneficiadas con semilibertad o liberación condicional cumplan las reglas de conducta impuestas.
Cada cierto tiempo, la fiscalía visita a Luis, beneficiado con liberación condicional, para comprobar que cumple sus reglas de conducta.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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