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Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 182: Texto legal

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Texto literal del artículo

El interno en semilibertad seguirá redimiendo su pena por el trabajo o estudio, previo informe del centro laboral, escuela, instituto superior o universidad, según el caso, bajo la supervisión de la autoridad penitenciaria que corresponda. El liberado podrá acumular el tiempo de redención de pena para el cumplimiento de su condena.

Resumen breve

El interno en semilibertad puede seguir reduciendo su condena mediante trabajo o estudio, pero necesita un informe previo del centro laboral o educativo correspondiente. La autoridad penitenciaria supervisa esta actividad y el liberado puede acumular ese tiempo para cumplir su condena.

Ejemplo cotidiano

Carlos, en semilibertad, estudia en un instituto con informe previo y acumula el tiempo reconocido para completar su condena.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.