Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 170: Texto legal
Ver todos los artículosEl director podrá conceder el permiso de salida aun cuando existiera sanción por falta grave, si concurren las circunstancias mencionadas en el inciso 1) del artículo 43 del Código.
El director puede conceder un permiso de salida aunque la persona tenga una sanción por una falta grave. Para hacerlo, deben presentarse las circunstancias previstas en el inciso 1 del artículo 43 del Código.
Aunque José recibió una sanción por falta grave, el director puede autorizar su salida si cumple las circunstancias del inciso 1 del artículo 43.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe