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Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 157: Texto legal

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Texto literal del artículo

Para la conducción de una interna será necesaria la presencia de personal femenino de seguridad del Instituto Nacional Penitenciario o de la Policía Nacional del Perú, sin perjuicio del personal masculino que se requiera.

Resumen breve

Para trasladar a una interna, debe estar presente personal femenino de seguridad del Instituto Nacional Penitenciario o de la Policía Nacional del Perú. También puede participar el personal masculino que sea necesario.

Ejemplo cotidiano

Cuando Rosa sea trasladada, debe acompañarla personal femenino del INPE o de la Policía, aunque también participe personal masculino.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.